En España el IPREM juega un papel muy importante para el otorgamiento de determinadas residencias o visados, ya que sirve como referencia económica.
El IPREM es el indicador público de renta de efectos múltiples, es decir, es un índice que en España se toma como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones, subsidio por desempleo, así como para comprobar que se cuentan con los medios económicos suficientes para que una persona extranjera viva en España.
Este índice se publica anualmente a través de la Ley de Presupuestos del Estado, por lo que cada año puede variar la cantidad de renta. Por ejemplo, en el año 2022 el IPREM mensual estaba en 579,02€, mientras que del año 2023 hasta el año 2025 se ha mantenido en 600€ mensuales.
En materia de extranjería, podemos encontrar varios tipos de residencia en las que se exige la demostrar los medios económicos, fijando como índice el IPREM, que actualmente se fija en 600€/mes o 8.400€/año (14 pagas). La ley no específica si el cálculo se debe hacer en torno a las 12 o 14 pagas, pero en la práctica es recomendable realizar el cálculo conforme a 14 pagas.
TIPO DE RESIDENCIA | CANTIDAD IPREM MIEMBRO 1 | TOTAL IPREM |
Visado de estudios | 100% IPREM anual | 8.400€/año |
Residencia temporal no lucrativa | 400% IPREM anual + 100% familiar adicional | 33.600€/año + 8.4000€/año por miembro adicional |
Reagrupación familiar | Unidad familiar de 2 miembros: 150% IPREM anual + 50% por cada miembro adicional | 12.600€/año + 4.200€/año por miembro adicional |
Residencia para prácticas | 100% IPREM anual + 75% adicional por el primer familiar + 50% extra por cada miembro adicional 50% IPREM anual si tiene alojamiento | 8.400€/año + 6.300€/año + 4.200€/año
4.200€/año |
Residencia para búsqueda de empleo | 100% IPREM anual 50% IPREM anual si tiene alojamiento | 8.400€/año 4.200€/año |
Residencia para menores extranjeros no nacidos en España | Unidad familiar de 2 miembros: 150% IPREM anual + 50% por cada miembro adicional | 2.600€/año + 4.200€/año por miembro adicional
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En la tabla se han reflejado las cantidades que deberá demostrar el interesado que tiene para que su solicitud sea aceptada. La posesión de medios económicos suficientes se podrá acreditar mediante cualquier medio de prueba que demuestre la disponibilidad de rentas, preferiblemente de forma periódica (por ejemplo: el ingreso mensual de la jubilación). Además, se pueden aportar títulos de propiedad, cheques o tarjetas de crédito, siempre acompañadas de una certificación bancaria que acredite la cantidad de crédito que dispone como crédito en la tarjeta.
Resulta fundamental entender qué es el IPREM ya que es un elemento clave para la concesión de residencia o visados. Si quieres asegurarte de que tienes toda la documentación necesaria, y evitar cualquier problema que paralice tu solicitud, llámame para concertar una cita y darte todos los detalles que necesitas para tu solicitud de extranjería.