En el panorama económico actual, muchas personas físicas —particulares y autónomos— se encuentran atrapadas en una espiral de deudas que no pueden asumir. Aunque existe la falsa creencia de que solo las empresas pueden declararse insolventes, lo cierto es que desde 2015 la legislación española reconoce una herramienta legal diseñada para quienes, sin cometer fraude, han llegado a una situación financiera insostenible: la Ley de Segunda Oportunidad.
Y dentro de esta norma, hay un concepto fundamental que lo cambia todo: el deudor de buena fe.
¿Qué significa ser un “deudor de buena fe”?
Se trata de una figura jurídica que define al deudor que ha llegado a la insolvencia sin mala intención, sin ocultar bienes, sin actuar con negligencia grave y sin intención de perjudicar a sus acreedores.
Dicho de otro modo: el deudor de buena fe es quien ha intentado cumplir con sus obligaciones, pero no ha podido debido a circunstancias ajenas a su voluntad (crisis económica, impagos, pérdida de ingresos, etc.).
La buena fe es la llave que abre la posibilidad de exonerar legalmente parte o incluso la totalidad de la deuda pendiente.
Requisitos para ser considerado deudor de buena fe
La Ley de Segunda Oportunidad no establece un único perfil de deudor. Sin embargo, sí exige que se cumplan una serie de condiciones para acogerse al mecanismo con garantías:
- Insolvencia actual o inminente: No poder cumplir con los pagos exigibles en el corto plazo.
- Intento previo de acuerdo extrajudicial de pagos: Salvo excepciones, debe haberse intentado una negociación formal con los acreedores.
- No haber sido condenado por delitos económicos: Incluidos delitos contra el patrimonio, falsedad documental, Hacienda Pública o Seguridad Social.
- No haber rechazado una oferta de empleo adecuada en los cuatro años anteriores.
- No haber recurrido a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos cinco años.
- Colaboración con el juzgado y transparencia total durante el procedimiento: ocultar bienes o ingresos puede invalidar el proceso.
¿Qué beneficios tiene el reconocimiento como deudor de buena fe?
Una vez cumplidos los requisitos y acreditada la buena fe, el juzgado puede conceder lo que se conoce como EPI: Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Es decir, la cancelación total o parcial de las deudas que el deudor no puede pagar.
Esto permite:
- Recuperar la estabilidad económica y emocional
- Volver a acceder al crédito en el futuro
- Conservar bienes esenciales en muchos casos (como la vivienda habitual)
- Poner fin al acoso de acreedores, embargos o intereses acumulados
¿Qué ocurre si no se cumple con la buena fe?
Si durante el procedimiento se detecta mala fe —por ejemplo, ocultación de patrimonio, información falsa o intento de eludir responsabilidades—, el deudor podría perder el derecho a la exoneración y quedar sujeto a las reclamaciones completas de sus acreedores.
Por ello, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado desde el inicio del proceso. En nuestro despacho de abogados en Valencia, llevamos años ayudando a particulares y autónomos a demostrar su buena fe y acogerse con éxito a la Ley de Segunda Oportunidad.
Conclusión: la segunda oportunidad es posible, si se hace bien
La figura del deudor de buena fe no es un privilegio, sino una herramienta legal para quienes han intentado cumplir pero han sido superados por las circunstancias.
Si es tu caso, no estás solo: la ley te respalda y puedes volver a empezar.