En España, desde la reforma del Código Civil operada por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, se introdujo la posibilidad de tramitar el divorcio de mutuo acuerdo ante notario.
El divorcio notarial es una modalidad de disolución del matrimonio civil que se realiza ante notario, sin necesidad de intervención judicial. Fue introducido en muchos ordenamientos jurídicos como una medida para descongestionar los tribunales y ofrecer a las parejas una vía rápida y menos traumática para poner fin a su vínculo matrimonial.
El divorcio notarial es aplicable únicamente en los casos de divorcio de mutuo acuerdo y cuando no existan hijos menores de edad o mayores con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores. De no cumplirse estas condiciones, el procedimiento debe seguirse ante los juzgados de familia.
Para que el divorcio pueda tramitarse por vía notarial, deben cumplirse condiciones estrictas que garanticen la seguridad jurídica del procedimiento:
- Mutuo acuerdo: Ambos cónyuges deben consentir libre y expresamente la decisión de divorciarse.
- Ausencia de hijos menores o con discapacidad: La pareja no debe tener hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente. Si los hay, el procedimiento debe realizarse por vía judicial para garantizar la protección de los menores o personas vulnerables.
- Matrimonio civil: Esta modalidad solo es aplicable al matrimonio celebrado bajo las normas del derecho civil. En el caso de matrimonios religiosos, puede requerirse un procedimiento diferente.
- Convenio regulador: Los cónyuges deben presentar ante el notario un convenio que regule aspectos patrimoniales y personales como la liquidación del régimen económico matrimonial, la atribución del uso de la vivienda familiar, y cualquier otra cuestión relevante.
Ambos cónyuges deben comparecer personalmente ante notario, acompañados de un letrado en ejercicio que deberá firmar también la escritura pública. Este abogado garantizará que los cónyuges han sido debidamente informados de las implicaciones legales del divorcio.
Uno de los requisitos imprescindibles es la presentación de un convenio regulador, en el que se pacten las consecuencias personales y patrimoniales de la disolución matrimonial: liquidación del régimen económico del matrimonio, atribución del uso de la vivienda conyugal, y cualquier otra medida que los cónyuges consideren pertinente. El notario valorará si dicho convenio se ajusta a la legalidad y no resulta gravemente perjudicial para alguno de los firmantes.
Una vez firmada la escritura pública de divorcio, esta debe inscribirse en el Registro Civil correspondiente para que tenga plenos efectos legales. La inscripción se realiza presentando copia autorizada de la escritura, conforme a lo establecido por la Ley del Registro Civil.
Las ventajas del divorcio notarial en España son evidentes: mayor celeridad, menor coste emocional y económico, y una tramitación más sencilla. Sin embargo, es fundamental contar con el asesoramiento de un profesional del derecho para garantizar que el procedimiento se ajusta plenamente a la normativa vigente y protege adecuadamente los derechos de ambas partes.
En conclusión, el divorcio ante notario es una herramienta eficaz que contribuye a la descongestión de los tribunales y a una resolución más eficiente de las crisis matrimoniales, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley española.