Skip to content Skip to footer

El proceso para recuperar tu vivienda en caso de que tengas un contrato de arrendamiento y el arrendatario no cumple con su obligación de pagar la renta (inquilino moroso) y el procedimiento para poder desalojar a unos okupas de tu vivienda, es completamente distinto. Aunque la prórroga de los procesos de desahucio que ha establecido el gobierno hasta 2018, no afecta a ninguno de estos dos casos, ya que dicha prórroga se aplica para los casos de desahucio por ejecuciones hipotecarias.

La diferencia principal y más importante a tener en cuenta es si existe un contrato de alquiler o no.

Si existe un contrato de alquiler, estaremos ante un inquilino moroso, y si no hay contrato estaremos ante un okupa que para desalojar habrá que iniciar un proceso de desahucio express contra okupas, en el que será necesaria la intervención de un abogado y un procurador.

Sin embargo, en el caso de tener un inquilino moroso viviendo en tu vivienda puedes iniciar el proceso tú mismo cuando deba tan sólo un mes de alquiler. En primer lugar, hay que requerir extrajudicialmente mediante un burofax al inquilino, exigiendo el pago de las rentas debidas y en caso, de no proceder al pago de la deuda, se iniciará la consiguiente reclamación judicial.

La importancia de este burofax radica en que el su no contestación equivaldrá a una prueba de incumplimiento del contrato de arrendamiento y también, servirá para asegurar al propietario la continuación del procedimiento de desahucio al impedirle al arrendatario enervar la acción; es decir, te podrás asegurar que el desahucio llegará a su fin y se dará por terminado el contrato aún cuando durante el transcurso del proceso judicial el inquilino decida pagar la deuda, provocando la terminación del procedimiento.

Dejar un comentario