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¿Permite la ley de segunda oportunidad cancelar todas las deudas?

La Ley de Segunda Oportunidad, regulada actualmente en el Texto Refundido de la Ley Concursal (tras su reforma por la Ley 16/2022), es un mecanismo que permite cancelar total o parcialmente las deudas de una persona insolvente tras someterse a un procedimiento judicial y cumplir determinados requisitos. Se basa en el principio de fresh start (nuevo comienzo), adoptado por la mayoría de países de nuestro entorno, y busca equilibrar los intereses del deudor y de los acreedores.

¿Qué deudas pueden cancelarse?

Una vez finalizado el procedimiento concursal y concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), el deudor puede librarse de una amplia variedad de deudas:

  • Préstamos personales
  • Créditos al consumo
  • Deudas con tarjetas de crédito
  • Descubiertos bancarios
  • Avales personales
  • Hipotecas (por el importe no cubierto tras ejecución del inmueble)

¿Y qué deudas no se pueden exonerar?

No todas las deudas son exonerables. La ley establece una serie de excepciones, entre ellas:

  • Deudas por alimentos (por ejemplo, pensiones de hijos tras un divorcio)
  • Multas penales y sanciones administrativas muy graves
  • Deudas por responsabilidad civil derivada de delitos
  • Deudas con Hacienda y la Seguridad Social, aunque con matices

En cuanto a estas últimas (créditos públicos), la reforma de 2022 ha introducido una novedad importante: se permite la exoneración parcial de las deudas con Hacienda y Seguridad Social, con un límite máximo de 10.000 euros por cada una de estas entidades. Es decir, pueden cancelarse hasta 20.000 euros de deuda pública, pero el resto debe seguir abonándose conforme al plan de pagos aprobado judicialmente.

¿Requisitos para beneficiarse de la exoneración?

No cualquier persona puede acceder al perdón de sus deudas. El deudor debe demostrar que:

  1. Actuó de buena fe, es decir, no ocultó bienes ni ingresos y colaboró con la justicia.
  2. No ha sido condenado por delitos económicos graves en los últimos 10 años.
  3. Está en situación de insolvencia actual o inminente.
  4. No ha rechazado una oferta de empleo adecuada en los últimos cuatro años.
  5. No se ha beneficiado del BEPI en los 5 años anteriores.

Además, puede optarse entre un plan de pagos durante 3 a 5 años (conservando parte del patrimonio) o la liquidación total de los bienes (con exoneración inmediata).

La Ley de Segunda Oportunidad sí permite cancelar la mayoría de las deudas, pero no todas. Existen excepciones legales que protegen ciertos créditos considerados prioritarios o irrenunciables, como las pensiones alimenticias y parte de la deuda pública. Aun así, esta ley supone una auténtica liberación financiera para miles de personas que se encuentran atrapadas en un ciclo de deudas y ofrece la posibilidad real de empezar de nuevo.

Si estás atravesando una situación de sobreendeudamiento, lo más recomendable es acudir a un profesional especializado en derecho concursal que analice tu caso concreto y te asesore sobre la mejor vía para acogerte a esta oportunidad legal

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