Muchas personas solicitan el asilo al llegar a España por lo que se trata de un procedimiento que se dilata mucho en el tiempo, debido a la gran cantidad de solicitudes que se presentan. Por desgracia, muchas de estas solicitudes son denegadas y la persona titular de ese asilo queda indocumentada.
Muchos clientes, acuden a mi preguntando que pueden hacer en el momento en el que reciben la resolución denegando el asilo: ¿pueden perder su trabajo?, ¿y su residencia?.
El reciente Reglamento de Extranjería que se publicó el pasado 20 de noviembre de 2024 ha introducido una serie de modificaciones que impactan directamente a los solicitantes de asilo en España. Entre ellas, la Disposición Transitoria Quinta se presenta como un elemento clave para quienes han iniciado su proceso de asilo y buscan regularizar su situación en el país. Este entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025.
En este nuevo reglamento, se recoge un proceso extraordinario de regularización a través de la vía del arraigo para aquellos solicitantes de asilo que hayan obtenido una resolución denegatoria o desestimatoria firma de su solicitud de asilo. Se prevé, un régimen transitorio para estos solicitantes de asilo, pudiendo pasar al régimen general de extranjería, solicitando el acogimiento a los nuevos arraigos siempre que se cumplan con los requisitos de los mismos, con la ventaja de que la permanencia irregular en España exigida será reducida.
Aunque no todos los solicitantes de asilo podrán acogerse a este procedimiento extraordinario de regularización. Según lo establecido en el nuevo Reglamento de Extranjería, los siguientes casos quedan excluidos:
- Solicitantes de asilo que renuncien voluntariamente a su solicitud
Aquellas personas que decidan abandonar su solicitud de protección internacional antes de que las autoridades emitan una resolución quedarán fuera de este procedimiento especial. - Solicitantes de asilo que desistan del recurso por silencio administrativo negativo
Si un solicitante interpone un recurso ante el silencio administrativo negativo y posteriormente desiste del mismo, tampoco podrá acogerse.
Ante la nueva regulación, podemos recurrir a las siguientes vías para regularizar nuestra situación en España:
- Recurrir la resolución de denegación de asilo, a través de un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o interponer un recurso contencioso administrativo ante la audiencia nacional. Para determinar cuál de los dos recursos es más recomendable, es importante acudir a un especialista que estudie tu caso de forma personalizada.
- Solicitar arraigo:
El acceso al arraigo dependerá de la fecha en la que se ha producido la denegación del asilo y si se han interpuesto recursos o no. Si la denegación ocurrió antes del 20/05/2025, se podrá solicitar cualquier tipo de arraigo si han pasado al menos 6 meses desde la resolución desfavorable. En cambio, si la denegación ocurres después de 20/05/2025, habrá que esperar 2 años en situación irregular para poder solicitar una arraigo, al no tenerse en cuenta los años previos en los que se haya estado en España con el permiso de asilo.
Los tipos de arraigo que se pueden solicitar, siempre que se cumplan con los requisitos de cada uno de ellos son: arraigo social, arraigo para la formación y arraigo familiar.
- Solicitar autorización de residencia por razones humanitarias.
- Solicitar una Tarjeta Comunitaria, siempre que tengas algún vínculo con un ciudadano comunitario o español.
El nuevo Reglamento de Extranjería impone restricciones claras para quienes buscan regularizar su situación siendo solicitantes de asilo. La Disposición Transitoria Quinta ofrece una posibilidad real de acogerse a un arraigo en un plazo reducido, pero solo si se cumplen ciertos requisitos. Es fundamental que aquellos solicitantes de asilo afectados se asesoren correctamente y utilicen las vías adecuadas que permite el actual reglamento de extranjería para maximizar sus opciones de regularización en España antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones y necesitas asesoramiento legal especializado, no dudes en ponerte en contacto conmigo.