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TARJETAS REVOLVING.

Las tarjetas revolving llevan mucho tiempo siendo objeto de interés, pero se siguen planteando dudas al respecto.

En este artículo pretendo aclarar las dudas que puede tener cualquier persona sobre estas tarjetas, ya que a día de hoy, aún hay muchas personas que son titulares de estas tarjetas sin saberlo, y no es de extrañar debido a la falta de transparencia que hay por parte de los Bancos en el proceso de contratación. 

¿QUÉ SON? DIFERENCIAS TARJETAS DE CRÉDITO Y TARJETAS REVOLVING.

Según el Tribunal Supremo, “el crédito revolving es un crédito al consumo con interés, de duración indefinida o de duración definida prorrogable de forma automática, concedido a personas físicas, en el que el consumidor puede disponer hasta el límite del crédito concedido sin tener que pagar la totalidad de lo dispuesto en un plazo determinado, sino que reembolsa el crédito dispuesto de forma aplazada, mediante el pago de cuotas periódicas cuyo importe puede consistir en una cantidad fija o en un porcentaje de la cantidad dispuesta, siendo habitual que la entidad financiera fije, por defecto, una cantidad o un porcentaje bajo, lo que alarga significativamente el plazo de amortización y supone la generación de una gran cantidad de intereses al amortizarse poco capital en cada cuota.”

Las tarjetas revolving son muy parecidas a las tarjetas de crédito convencionales ya que permiten hacer compras sin tener que realizar el pago en el mismo momento en que se está realizando dicha compra. 

Las diferencias fundamentales entre las tarjetas revolving y las de crédito son:

  • Con las tarjetas revolving, el consumidor tendrá más liquidez porque se puede pagar sólo una parte de la deuda, de modo que el resto de la deuda se va acumulando mes a mes; mientras que en las tarjetas de crédito el saldo se paga en su totalidad, normalmente a principio de mes.
  • Las tarjetas revolving aplican unos intereses altos sobre las cantidades que se han quedado sin pagar; mientras que usando las tarjetas de crédito convencionales no sucede siempre que la deuda se liquida en el plazo marcado.

¿CÓMO SABER SI MI TARJETA ES REVOLVING?

En primer lugar, y lo más fácil, consultar el tipo de interés en los recibos: Los tribunales están condenando a los bancos que comercializan tarjetas revolving con un interés igual o superior al 22%, aproximadamente. Al respecto, el TS ha dictaminado que un crédito que supere en seis puntos porcentuales el precio normal de este tipo de producto será considerado como usura.

Ahora bien, ¿donde podemos mirar el tipo de interés que se está aplicando? En los recibos mensuales de la tarjeta, tiene que aparecer el interés que se está aplicando.

En segundo lugar, debemos analizar la evolución de la deuda mes a mes. Es decir, en el caso de que hayamos hecho muchas compras con la tarjeta, pero siempre pagamos lo mínimo, en su mayoría esta cantidad que se está liquidando son intereses, por lo que apenas amortizamos la deuda. Por lo tanto, lo más seguro es que tengamos la sensación de que la deuda nunca termina, incluso a veces podrá ir en aumento.

En tercer lugar, es importante revisar el contrato, si lo tenemos aún. En este caso, en el contrato deberán estar reflejados los intereses a pagar y los plazos.

Y por último, también es interesante repasar toda la información proporcionada por el banco, ya que la falta de transparencia por parte del banco podrá reclamarse directamente,

¿CUÁNDO SE CONSIDERA QUE ES NULO UN CONTRATO DE TARJETA REVOLVING?

La nulidad de un tarjeta revolving puede ser por los siguientes motivos:

  • Por USURA: La ley de Usura establece que se considerará un préstamo nulo si el interés es notablemente superior al interés normal de dinero. Estaremos ante un supuesto de interés superior según el TS, cuando se supere en 6 puntos lo establecido sobre los tipos de interés publicados por el Banco de España.
  • Por FALTA DE TRANSPARENCIA: la ausencia de transparencia tiene lugar cuando no se le facilita al cliente la información suficiente para que pueda entender las consecuencias de su firma.

El crédito de las tarjetas revolving se renueva automáticamente en el vencimiento de las cuotas, lo que puede traducirse en una línea de crédito permanente, convertirse en “deudor cautivo” o producirse el “efecto bola de nieve”, por lo que es preciso que el consumidor reciba una información detallada sobre las características y los riesgos del uso de este tipo de tarjetas, antes de su contratación.

Ahora bien, antes de proceder a reclamar es fundamental saber cuáles son las consecuencias de la declaración de nulidad. 

Las consecuencias de la nulidad tienen una doble cara. Por un lado, el banco tendrá que devolver todos los intereses que se hayan pagado respecto del contrato declarado nulo; pero no sólo los intereses, sino que tendrá que devolver todo lo que conlleva el contrato, como pueden ser seguros o comisiones. 

Por otro, es que el consumidor tendrá que devolver la cantidad que quede por amortizar del capital prestado. El contrato se declara nulo con todos sus efectos.  

Por ejemplo, si te han prestado o has consumido 1.000€ de préstamo y sólo has devuelto 200€ pero sólo has amortizado 100€, el banco me devolverá 200€ pero yo tengo que pagarle al banco los 800€ del capital pendiente de amortizar,.

¿CÓMO RECLAMAR CON ÉXITO UNA TARJETA REVOLVING?

Si consideras que te encuentras dentro de estos supuesto, tienes que replantearte reclamar, siguiendo los siguientes pasos:

  1. Reúne toda la información posible relacionada con tu tarjeta revolving: contratos, condiciones, recibos, movimientos realizados con la tarjeta, seguros, disposiciones en efectivo… En el caso de que no tengas esta documentación, el banco tiene la obligación de proporcionarla.
  2. Comprueba que los intereses o cualquier otra cláusula es abusiva. 

Si no tienes dudas sobre la abusividad de las cláusulas, no dudes en ponerte en contacto conmigo y estudiaré detalladamente la documentación que hayas reunido para comprobar la abusividad de las cláusulas.

  1. Presentar una reclamación extrajudicial al banco, indicar los motivos de la reclamación, solicitando la devolución de lo pagado de más, si corresponde.
  2. Negociación con el banco, si procede, o Inicio de la reclamación judicial.

Estos pasos de reclamación (menos la reclamación judicial) se pueden hacer sin la intervención de un abogado especializado, pero no es nada recomendable. Mi función como abogada especializada en tarjetas revolving es encontrar los argumentos necesarios para que la reclamación extrajudicial tenga éxito,  negociar con el banco por un pacto que realmente favorezca a tus intereses o en último caso, acudir a los tribunales para la defensa de tus intereses. 

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